El 23 de diciembre de 1994, la Asamblea General decidió que durante el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo se celebrara el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo el 9 de agosto de cada año (resolución 49/214).
La fecha es el aniversario del primer día de la reunión que celebró en 1992
el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de

Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías.
En 1994 se reformó la Constitución Nacional, incorporando en su artículo 7
5 el siguiente mandato:
"Corresponde al Congreso: 17. "Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias podrán ejercer concurrentemente estas atribuciones".
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